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El transporte intermodal es una de las alternativas más prácticas para el traslado de mercancías. Este procedimiento reduce significativamente las emisiones de CO2, siendo una excelente alternativa para el cuidado del medioambiente. Además, ofrece economía y seguridad para toda la mercancía durante el traslado.

Para el transporte intermodal de contenedores es necesario disponer de una documentación completa y adecuada a los requerimientos de la FIATA (Federación internacional de asociaciones nacionales de transitarios). En España, los documentos para el transporte intermodal de contenedores solo pueden ser expedidos por las oficinas FETEIA-ATEIA, la cual es una asociación nacional transitaria asociada a FIATA. Estos documentos son los siguientes:

– FCR o certificado de recepción: el FCR (forwarding agent certificate receipt) es un documento que emite la empresa transitaria y envía a la compañía cargadora. Este documento representa y hace constar el compromiso de la compañía cargadora con respecto a la recepción, traslado o disponibilidad para un destinatario. El FCR no representa un documento negociable y es solo un certificado de recepción por parte de la compañía cargadora.

– FCT o contrato de transporte: el FCT (forwarding agent certificate transport) es un documento que expide el transitario legalmente con la intención de formalizar el transporte intermodal de contenedores entre él y la compañía cargadora. Dicho documento es enviado al destinatario, siendo el único instrumento que hace efectiva la entrega intermodal de los contenedores. El FCT es un documento importante y decisivo en todas las negociaciones de venta bajo la modalidad de «CIF destino». Este documento puede ser emitido como un «FCT a la orden» y significar un objeto de negociación por parte de quien lo posea.

– FBL o contrato de transporte marítimo: el FBL (forwarding agent bill of lading) es el documento que debe expedir el transitario para la compañía cargadora, formalizando así un compromiso de transporte internacional. Este documento estipula en su reverso todas las cláusulas por las cuales se regirá el transporte intermodal.

– FWR o certificado de almacenaje: el FWR (forwarding agent warrant receipt) es un documento que certifica la recepción de un depósito por parte del transitario. Este documento solo puede ser negociable si se emite bajo la forma expresa de «negociable».

– SDT o declaración de mercancía peligrosa: el documento SDT (declaration dangerous transport) es un documento de la FIATA donde el consignatario de un transporte intermodal de mercancía peligrosa notifica ante un transitario que su mercancía cumple con todas las disposiciones legales exigidas. Estas disposiciones legales son un conjunto de normas adecuadas a las exigencias de traslados terrestres (ADR), aéreos (IATA), ferrocarril (RID) y marítimos (IMDG/IMCO).